De conformidad con el artículo 9, apartado 1, de la Ley sobre la comercialización, la recogida y la eliminación respetuosa con el medio ambiente de pilas y acumuladores (BattG), el vendedor informa de que el cliente, en su calidad de consumidor final, tiene la obligación legal de devolver las pilas usadas. Las pilas pueden devolverse gratuitamente al vendedor una vez agotadas. El vendedor señala que cualquier otra persona que, en calidad de distribuidor, venda pilas a consumidores finales, está obligada a recogerlas de forma gratuita en el punto de venta o en sus inmediaciones. La obligación de recogida se limita a las pilas del tipo que el distribuidor tiene o ha tenido en su surtido, así como a la cantidad de la que los consumidores finales suelen deshacerse habitualmente.
El siguiente símbolo indica que se trata de pilas que contienen metales pesados y sustancias nocivas, y que no deben desecharse junto con los residuos domésticos o industriales comunes:

Las abreviaturas que aparecen debajo del símbolo significan: «Cd» (cadmio), «Li» (litio) / «Li-Ion» (iones de litio), «Ni» (níquel), «Mh» (hidruro metálico), «Pb» (plomo), «Zi» (zinc) y «Hg» (mercurio), (iones de litio).